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Problemas con el cobro del ERTE: todo lo que debes saber

Gestoría y Asesoría en Ourense

En las últimas semanas somo muchas las personas que se están poniendo en contacto con Gestoría Lar – Canal y Domínguez en Ourense para consultar qué deben hacer ante una notificación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) por «cobro indebido» derivado de un ERTE. Cobro indebido es el nombre técnica con el que el SEPE ha decidido nombrar a aquellas cantidades percibidas por trabajadores que han cobrado una cantidad superior a la que le correspondía, debido a un error de cálculo de la base reguladora.

¿Por qué se dan casos de cobros indebidos en los ERTE?

 Algunos trabajadores en situación de ERTE pueden verse en sesta situación debido a que la actualización de los datos entre empresas y el SEPE no se realiza en tiempo real, sino de forma mensual. Debido a la falta de sincronía, puede darse el caso de que el SEPE ya haya abonado las prestaciones, de modo que hay trabajadores que recibieron en su cuenta bancaria un pago que está siendo  reclamado por dicho servicio.

¿Qué debo hacer si recibo una notificación por este cobro indebido del ERTE?

Por nuestra experiencia como asesoría en Ourense, vemos que son más los trabajadores que tienen que iniciar un proceso de reclamación por haber cobrado de menos. Incluso podemos afirmar que muchos de ellos no han recibido ningún pago a pesar de haber transcurrido seis meses de la entrada en vigor de la medida. Si bien, si es cierto que se han dado casos de pagos superiores a lo que correspondía.

Es importante que aquellos que se encuentren en esta situación tengan en cuenta que disponen de 30 días hábiles para devolverlo una vez recibida la notificación. Si supera esa fecha límite, se le aplicará un cargo del 20% sobre el importe del cobro indebido.

Los afectados reciben notificación por correo postal en el que se les comunica del mencionado error de trámite correspondiente a «cobro indebido». En esa comunicación se indica, también, cuál es la prestación cobrada indebidamente, la cual debe ser devuelta.

 ¿Y si la Administración ha cometido el error en el pago del ERTE?

En el caso de que el afectado no esté de acuerdo con la cantidad precisada, cuenta con un plazo de 10 días para alegar lo que estime oportuno a la Administración y adjuntando los justificantes necesarios. En este caso, el SEPE tiene un plazo de 45 días para responder la reclamación. Si en este tiempo no se recibe una respuesta, debe entenderse denegada la reclamación por silencio administrativo. En este supuesto, podría iniciarse una demanda ante la jurisdicción social.

En caso contrario, en el que el trabajador está de acuerdo con la notificación del SEPE debe ingresar la cantidad reclamada en el número de cuenta que aparecerá en el escrito, enviado una copia del resguardo del pago.

La pandemia ha sumido a muchos trabajadores en problema económicos, por lo que podría darse el caso en que no se pueda afrontar el pago demandado por el SEPE. En este caso, puede solicitarse un aplazamiento del cobro o bien fraccionar la deuda. Esa solicitud está disponible en la página web oficial del organismo público.

En ese caso, la duración de este aplazamiento o fraccionamiento de la deuda es de un máximo de cinco años y cuenta con un interés de demora del 3,75%. Esa cantidad se sumará a la que debe el trabajador quien, si continúa sin abonar la cantidad requerida, podría verse afectado por embargos del salario por parte de Hacienda.

Si tiene alguna duda sobre esta cuestión, puede ponerse en contacto con el equipo de asesores de la gestoría Lar – Canal y Domínguez, en Ourense. 

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