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Préstamos previstos en el Instrumento financiero préstamos pymes Galicia-programa operativo Feder Galicia 2014-2020

El Boletín Oficial de Galicia publicaba el día 20 de noviembre la  RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2020 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que modifica las bases reguladoras de los préstamos previstos en el Instrumento financiero préstamos pymes Galicia-programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento IG534C).

Pueden beneficiarse de estos préstamos aquellas pequeñas y medianas empresas o microempresas que cumplan los requisitos siguientes:

a) Tener un centro de trabajo de Galicia.
b) Empresas que acrediten estar afectadas por la crisis causada por el COVID-19 y justifiquen la necesidad de financiación para el capital de explotación necesario para reforzar el desarrollo de la actividad en Galicia.

Además, las empresas beneficiarias deberán acreditar que están en cumplimiento de alguno de los siguientes requisitos:

1. Estar ante la necesidad de recuperar el capital de explotación perdido durante la crisis sanitaria, tras presentar en los dos últimos años un EBITDA positivo, no haber ajustado sus costes a la caída de la facturación y, por tanto, que esto supusiera una reducción del activo corriente y/o aumento del pasivo corriente en el balance; situando la diferencia entre ambas magnitudes por debajo del fondo de maniobra necesario para el normal funcionamiento.

2. Encontrarse ante la necesidad de incrementar su capital de explotación en previsión de una lenta recuperación del mercado cuando:
a. Las industrias o actividades comerciales adquieran sus productos por temporada o de forma estacional.
b. Empresas cuyos clientes estén especialmente afectados por la crisis y deban conceder periodos de cobro más dilatados.

3. Pymes de economía social o cuya actividad es estacional, que sufran habitualmente dificultades de acceso al financiamiento bancario para capital de explotación.

Además, pueden ser beneficiaras las personas físicas y sociedades civiles o comunidades de bienes que cumplan con los requisitos.

Será financiable el capital de explotación:
– Financiación de cuentas a pagar por compras de materias primas, aprovisionamientos, gastos de personal, impuestos, alquileres, reparaciones, servicios profesionales…
– Financiación de cuentas a cobrar de clientes, que se refleje en un incremento de saldo en el balance.

No pudiendo ser aplicados a finalidades diferentes como pago de inversiones o deudas bancarias.

Quienes deseen solicitar estos préstamos deberán aportar:
– Informe detallado de la Central De Información de Riegos del Banco de España (CIR)
– En caso de sociedades: escritura de constitución, cuentas anuales y balance y pyg recientes firmados por los administradores. En caso de personas físicas declaración IRPF e IVA.
– Memoria explicativa que encuadre a la empresa en el cumplimiento de alguna de las
condiciones que dan derecho al préstamo

Importe de los préstamos

• El importe mínimo será de 3.000 euros y como máximo 500.000 euros.
• Plazo de amortización máximo de 7 años, incluyendo un máximo de 3 años de carencia de amortización del capital-
• Interés: media Euribor a 1 año del mes anterior, margen adicional de 0,2 puntos porcentuales. El interés será de 0% cuando resulte negativo.
• Garantías: para préstamos iguales o inferiores a 200.000 euros no se requerirán garantías adicionales a la propia responsabilidad del beneficiario. Para préstamos superiores el IGAPE tomará garantías en función de su disponibilidad.
Estas ayudas son compatibles con otras siempre que no supongan una doble financiación del capital de explotación.

El plazo de presentación se inicia 23 de noviembre y finaliza el 30 de diciembre del 2021, o cuando se agote el crédito disponible. La justificación de la concesión del préstamo deberá realizarse en los 4 meses siguientes a la disposición total del préstamo.

RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2020 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que modifica las bases reguladoras de los préstamos previstos en el Instrumento financiero préstamos pymes Galicia-programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento IG534C).

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