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Formación programada por empresas durante el 2021

Para este año 2021, se publicó en el mes de diciembre, una Reolcuión del SEPE sobre medidas extraordinarias en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral; el objetivo de esta Resolución es la promoción de la formación en las empresas.

Esa comunicación también informa de que la formación presencial con cargo al crédito del ejercicio 2021 se va a poder impartir mediante el aula virtual o utilizando un sistema de impartición bimodal.

¿A quiénes van dirigidas estas formaciones programadas por las empresas?

  1. Trabajadores asalariados en empresas o entidades públicas;
  2. Trabajadores fijos discontinuos durante los periodos en los que no se encuentren ocupados;
  3. Trabajadores que durante su participación accedan a la situación de desempleo;
  4. Durante la suspensión de empleo de trabajadores en ERTE. Los profesionales afectados por ERTE tienen prioridad para la formación profesional.
  5. Trabajadores de colectivos cuyo régimen de cotización contemple el pago de la cuota por formación profesional.

La formación siempre tiene que estar relacionada con la actividad empresarial que se desarrolla y orientada a las necesidades formativas de los trabajadores y la empresa.  y debe ser adecuada a las necesidades formativas de la empresa y trabajadores.

Formación virtual programada por empresas

La Resolución publicada en el BOE el 25 de diciembre de 2020 señala que durante el año 2021 se permite que la modalidad presencial o la parte presencial de la modalidad mixta o de teleformación de las acciones formativas se impartan en su totalidad mediante aula virtual o utilizando un sistema de impartición bimodal de forma que una parte de los participantes pueda estar en un aula y simultáneamente otra parte lo pueda hacer en otras mediante aula virtual de forma simultánea.

Esta medida es aplicable en casos de:

  • acciones formativas que se financien con cargo al crédito disponible para el ejercicio 2021;
  • permisos individuales de formación que soliciten los trabajadores durante el ejercicio 2021;
  • los programas de formación de ámbito territorial exclusivo de Ceuta y de Melilla, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas los programas de formación financiados al amparo de la Resolución de 10-12-2019 del SEPE.

¿La Resolución establece que se trata de un entorno de aprendizaje donde el tutor-formador y alumnado interactúan, de forma concurrente y en tiempo real, a través de un sistema de comunicación telemático de carácter síncrono que permita un proceso de intercambio de conocimientos a fin de posibilitar un aprendizaje de las personas que participan en el aula.

Comunicación al SEPE del comienzo de la formación

Las comunicaciones de inicio de la formación y la información sobre cada acción formativa y grupo formativo, puede realizarse hasta 2 días antes de la fecha de comienzo de cada grupo. En lo referente a la anulación o modificación de los datos de la acción formativa que conlleven un cambio en el horario, la fecha de ejecución o de localidad tiene que se comunicada, al menos, con un día de antelación a la fecha de incio de la formación.  La falta de comunicación en el marco de los plazos descritos se entederá como formación «no realizada»,  a efectos de aplicar la bonificación en las cotizaciones sociales.

¿Tienes alguna duda o quieres bonificarte la formación de los empleados de tu empresa? Ponte en contacto con nuestra asesoría laboral.

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